Constitucionalidad de uso de drone en reportaje periodistico

Un interesante fallo dictado por la Corte Suprema se generó este 10 de mayo de 2021, cuando la Sala Constitucional de la Corte Suprema en forma unánime resolvió que el sólo uso de imágenes generales de una propiedad, que permiten apreciar la infraestructura y los espacios que la componen, no afecta la intimidad de sus ocupantes, aun cuando la grabación se haya realizado mediante drones en espacios de dominio privado, poniendo de relieve la alta trascendencia que reviste para el Estado democrático de Derecho el garantizar eficazmente la libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio.

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