Este martes 22 de junio fue publicado en el Diario Oficial el Decreto Supremo n° 12 de 12 de mayo de 2023, del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, en la que crea la Comisión asesora ministerial del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, denominada «Comisión asesora contra la desinformación».
La creación de esta comisión asesora no ha estado exenta de polémica, sobre todo por comentarios de distintos actores políticos y sociales a través de redes sociales y ha escalado a noticias, entrevistas y opiniones varias respecto de la naturaleza de la comisión, funciones, objetivos y hasta finalidad.
Es así como para algunos, la comisión podría limitar la libertad de expresión, lo que motivaría una presentación ante el Tribunal Constitucional por ello. Para otros, sería un decreto para «amordazar a la ciudadanía«. También se menciona la idea de que esta comisión estaría «baypaseando» a una discusión democrática en el congreso de este tipo de regulación. Finalmente, otros derechamente la llaman como la «ley de medios» del gobierno con finalidad de «tapar» información. Esta última opinión, personalmente, es fake news en su máxima expresión.
Antes de comentar sobre las críticas recibidas por la creación de la Comisión Asesora, es necesario analizar el decreto y estudiar en qué consiste.
El decreto en sí no es tan extenso y sólo cuenta con 13 artículos.
En su primer artículo menciona que la «Comisión Asesora contra la Desinformación», en adelante «la Comisión», es de carácter temporal (es decir, no es una institucionalidad permanente), la que tendrá una composición académica y de profesionales (que es la característica principal del consejo, buscando a mi entender, alejarlo de una mirada sólo política, sino más bien técnica) y cuyo objetivo central será la de asesorar al Ministro o Ministra de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación y al Ministro o Ministra Secretario(a) General de Gobierno, principalmente en los aspectos que permitan analizar el fenómeno global de la desinformación y su manifestación a nivel local en Chile.
Las temáticas sobre las cuales se basa el trabajo de la comisión están definidas, indicando que serán las siguientes:
a) Impacto de la desinformación en la calidad de la democracia.
b) Educación y desinformación: alfabetización digital.
c) Desinformación en plataformas digitales.
d) Buenas prácticas internacionales/experiencia comparada.
e) Políticas públicas y desinformación
Es relevante señalar que explícitamente se indica que las funciones son de naturaleza consultiva y en ningún caso pueden
importar el desarrollo de acciones de carácter ejecutivo (como por ejemplo dictación de actos administrativos, instrucciones, reglamentos o normativa específica, por ejemplo).
Respecto a la composición de la comisión, estará presidida por el Ministro o Ministra de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación y estará integrada por representantes de las siguientes instituciones:
1. Dos representantes de Universidades Estatales.
2. Un(a) representante de una Universidad Privada incluida en el artículo 1° del DFL N° 4,
de 1981, del Ministerio de Educación.
3. Un(a) representante de una Universidad Privada no incluida en el artículo 1° del DFL Nº
4, de 1981, del Ministerio de Educación.
4. Un(a) representante de una Universidad cuya sede principal se encuentre fuera de la
Región Metropolitana.
5. Tres representantes de una ONG, Fundación o de la Sociedad Civil, indistintamente,
cuyas actividades se relacionen con el objeto de la Comisión.
6. Un(a) representante de una Organización de Fact-Checking.
Es importante señalar que para designación de nombres se tendrá especial consideración los siguientes criterios:
a) Académicos(as) de las distintas áreas del conocimiento que hayan realizado
investigaciones y/o publicaciones en el área de la desinformación.
b) Expertos(as) que hayan trabajado en materias relacionadas.
Esto quiere decir que se busca que tengan una orientación marcadamente técnica, más que políticas, para darle un sentido más bien objetivo al trabajo a desarrollar. Además, los y las integrantes de la Comisión ejercerán sus funciones ad-honorem y su desempeño no implicará la creación de un cargo público. Durarán en sus cargos un año, pudiendo ser designados(as) por nuevos períodos de manera sucesiva, por lo que no existe gasto público asociado a su nombramiento.
Finalmente el decreto menciona temas como forma de funcionamiento, cumplimiento de ciertas tareas en fechas determinadas, apoyos administrativos y en general logísticas para cumplir fines.
Si uno analiza este tipo de comisiones asesoras, su propio nombre nos da la orientación del por qué son creadas, y que generalmente son eminentemente asesoras de ministerios, es decir, del poder ejecutivo, quien tiene las atribuciones de gobierno y tienen una lógica más bien administrativa interna para colaborar con el trabajo que es parte de las funciones de los respectivos ministerios.
No tienen como misión, como algunos pueden pensar, respecto a generar instrucciones, reglamentos, normativas específicas ni mucho menos regulación o normativa que podría considerarse supletorias o sustitutivas de ley (y su necesaria discusión y tramitación en el congreso nacional).
Sí podríamos entender que estas comisiones podrían orientar, recomendar o dar insumos o la generación de políticas públicas que incluso podrían derivar finalmente en proyectos de ley considerando las facultades legislativas (mensajes presidenciales), pero que en nada cambiar la forma de relacionarse entre distintos poderes de Estado.
Al mismo tiempo, analizando el objeto de la comisión, los integrantes (y forma de selección), tiempos de renovación y temporalidad de la comisión, no es extraña su creación ni lógicas de formación.
Quienes consideran que este tipo de comisión puede tener un origen específico (quizás una orientación política o acorde a un sesgo ideológico, por ejemplo), quizás no conozcan a profundidad la forma en que la administración pública puede funcionar para cumplir sus fines sociales.
Es así como ejemplos de creación de comisiones asesoras no es nuevo ni exclusivo de este gobierno. Tenemos muchos ejemplos de otras comisiones asesoras creadas a raíz de múltiples temas y cuya formación no ha sido cuestionada ni impugnada por organismos de control (ya sea Contraloría o Tribunal Constitucional, por ejemplo). Sigue esta comisión incluso la misma estructura, definición, verbos rectores y hasta forma de funcionamiento que muchas otras, por lo que no cabría sorprenderse por la constitución de una «comisión asesora».
Así tenemos como referencia algunos ejemplos de comisiones creadas, entre otras:
Comisión asesora ministerial para la implementación del protocolo de 2014 relativo al convenio sobre el trabajo forzoso de 1930 (p029), de la organización internacional del trabajo (oit) (año 2021)
Comisión asesora ministerial científica para el establecimiento de un sistema de vigilancia genómica covid-19 (año 2021)
Comisión asesora ministerial denominada «panel de expertos y expertas para la encuesta de caracterización socioeconómica nacional 2022» (año 2022)
Comisión Asesora ministerial para la Transparencia, Calidad e impacto del Gasto Público (año 2022)
Es, por tanto, muy importante considerar la motivación de generar esta comisión, pero también no olvidar el tema a estudiar y que es justamente la desinformación o más conocida como fake news.
Es un hecho que la desinformación, sobre todo la que se realiza por medios digitales, puede tener graves consecuencias en la sociedad y afectar directamente la democracia. Así tenemos que:
- La desinformación puede influir en la opinión pública y en la toma de decisiones políticas y sociales.
- Muchas veces tiene por objetivo dañar la reputación de las personas y las empresas.
- Puede ser utilizada para difundir odio y discriminación.
- Su objetivo es ser utilizada para manipular a las personas y hacer que tomen decisiones equivocadas.
Es importante que los gobiernos tomen decisiones sobre su regulación de manera de proteger a los ciudadanos de sus efectos negativos. La generación de esta comisión, a mi punto de vista, es una forma de generar conciencia dentro de las autoridades de gobierno, sobre este fenómeno.